El artículo 55 de la
Ley 136-03 define los programas y sus fines, y su Párrafo primero enuncia un
grupo indicativo de programas, mientras el artículo 456 establece el régimen de
inscripción de programas ante las Oficinas Municipales y el 459 establece la
supervisión por parte de la Oficina Nacional del CONANI. Es evidente que para
los efectos de Inscripción, la competencia corresponde a las Oficinas
Municipales, pero ésta debe remitir a la Oficina Nacional para el debido conocimiento
a los fines de la Supervisión.
miércoles, 15 de marzo de 2017
ANÁLISIS DEL CÓDIGO PARA EL SISTEMA DE PROTECCIÓN Y DERECHOS FUNDAMENTALES DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, LEY 136- 03
Con la finalidad de
fortalecer el Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de República
Dominicana, se ha establecido en, el Código para el Sistema de Protección y
Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes, Ley 136- 03, por medio
de la oficina de UNICEF Santo Domingo, definió conjuntamente con los socios
nacionales una estrategia de producción de conocimiento e investigación, que
sirviera como línea de base para priorizar acciones en favor del
fortalecimiento del referido Sistema. En este sentido, y a través de la
Comisión para la Ejecución de la Justicia de Niños, Niñas y Adolescentes –
CEJNNA- y de la Comisión Interinstitucional contra el Abuso y la Explotación
Sexual Comercial, se apoyó la realización de dos investigaciones
interrelacionadas. La primera, la Evaluación de la Implementación de la Ley
136-03 en apoyo a la CEJNNA, tuvo como finalidad obtener información respecto a
los avances y dificultades en la creación de las estructuras y sistemas
mandatorios por la Ley 136- 03; y la segunda, con el objetivo de visualizar el
funcionamiento de estas estructuras y sistemas, focalizándolas en la protección
contra la violencia, abuso y explotación sexual comercial a niños, niñas y
adolescente. Esta última en apoyo a la Comisión Interinstitucional contra el
Abuso y la Explotación Sexual Comercial Se pretende que ambas investigaciones
sirvan como insumo para la aprobación del reglamento de la ley 136-03 y para la
implementación de los sistemas de protección en los niveles municipales.
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