Síntesis de la ley
66/97, de Educación
La presente síntesis va
dirigida a que el lector tome conciencia de que esta Ley debe aplicarse en el
sentido concreto real, de que en el proceso de su aplicación se pueden ir
eliminando sus aspectos negativos. En sentido general se hace una exposición de
lo que el legislador considera como Educación y de lo que es la Ley.
Las conclusiones
establecieron la forma posible de cambiar los aspectos negativos del texto, se
demostró que el legislador no tuvo una conciencia clara de lo que es la
Educación y que indirectamente elevó la doctrina cristiana como base ideológica
de la Educación Dominicana. Por el hecho de que el texto que se analizó
manifiesta un conjunto de términos que lo hacen bastantes abultado, se trató de
demostrar la inconsistencia de esta posición.
Por lo que se le
recomienda a la Suprema Corte de Justicia no obtempera a la solicitud de
aplicación; es correcto recurrir a toda la comunidad educativa en el sentido de
que exija su aplicación, la última recomendación está dirigida a que se dote al
estatuto Jurídico-Educativo de contenido ideológicos, de una plataforma
doctrinal. En él es necesario un Artículo donde se conciba la Educación como
una forma de la conciencia social dirigida directamente al espíritu con la
intención de destruir en el ser humano toda mal inclinación y sustituirla por
la voluntad de hacer el bien.